Cinco pasos. Subes tus sellos, capturas tu factura y la timbras. Te llegan el PDF y el XML a tu correo. No necesitas cuenta ni mensualidad: pagas sólo por lo que emites.
Son los de quien emite la factura. Sube tu Constancia de Situación Fiscal y los leemos solos, o captúralos a mano: las dos formas valen igual.
Sube el .cer y el .key de tu Certificado de Sello Digital, más la contraseña de tu clave privada. Se verifican con el SAT antes de guardarse y tu contraseña queda cifrada con AES-256. No es tu e.firma: es el sello que se tramita para emitir comprobantes.
Los datos de quien recibe la factura, tal como vienen en su constancia. Si no coinciden, el SAT rechaza el timbrado.
Agrega cada concepto con su cantidad y precio unitario sin IVA. La clave del SAT viene sugerida; cámbiala si tu producto es otro.
Las retenciones aplican cuando facturas servicios, arrendamiento, comisión o autotransporte de carga a una persona moral. En la venta de mercancía no hay retención de IVA.
Revisa que todo esté bien. Al timbrar, el comprobante ya existe ante el SAT y no se puede deshacer con un botón: una factura timbrada sólo se corrige cancelando o con una nota de crédito.
Lo que antes te tomaba horas… ahora cabe en segundos.